PROTOCOLO PARA NEGOCIO RESTAURANTE- CLUBES

 

PROTOCOLOS PARA LOS NEGOCIOS QUE PREPARAN ALIMENTOS Y LO COMERCIALIZAN


(Propuesto por Justo Ponte Cruz)

 

INTRODUCCIÓN

Cabe precisar, que los principales comensales de nuestros productos alimenticios son los CLIENTES , sus  familiares y amistades. En el caso de los Clubes Provinciales, hay que tener en cuenta que la gran mayoría de sus asociados, son de la tercera edad y ello podría ser uno de los principales problemas para la reactivación inmediata de la actividad del comedor. Este virus es letal para las personas de edad avanzada y para los que tengan problemas de salud. Personalmente recomendaría el reinicio de nuestras actividades del comedor, una vez que ofrezcamos a nuestros asociados y clientes la garantías del  no contagio. Esto quiere decir, cuanto tengamos las medicinas y vacuna contra el coronavirus. Una de las medidas que podría tomar el Consejo Directivo de los clubes, es realizar las encuestas a sus asociados, para saber su opinión si se apertura o no. Saber la cantidad de platos típicos a servirse diariamente, semanalmente, quincenalmente o mensualmente, a fin de que sobre esa información se pueda iniciar la atención en horarios especiales y de cuantos colaboradores se puede contar.  Se debe inicialmente en cuantificar los gastos que irroga implementar el protocolo establecido por MINSA.

El Gobierno ha dispuesto a través del D.S. Nro. 083-2020 PCM, como parte de las disposiciones que prorrogan el estado de emergencia nacional, en esta primera fase de la reactivación de la economía, que los trabajadores considerados dentro de este grupo de riesgo, que quieran continuar con sus actividades laborales en sus centros de forma presencial, podrán hacerlo, previa declaración jurada en la que asuman la responsabilidad por su estado de salud.

Dentro del ámbito laboral, en el texto de la regulación se indica una nueva definición de personas en grupo de riesgo para Covid-19, categorizándolos de la siguiente forma:

1.   Aquellos que presentan características asociadas a mayor riesgo de complicaciones; es decir, las personas mayores de 65 años y quienes cuenten con morbilidades como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, otros estados de inmunosupresión y otras que establezca la autoridad nacional sanitaria.

2.   En el caso de las personas en grupos de riesgo que laboran, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto. En caso deseen concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas, pueden suscribir una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria, conforme a las disposiciones que emita el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con el Ministerio de Salud. En ningún caso, se puede ejercer algún tipo de coacción para la firma de este documento, lo que incluye, pero no limita, supeditar la firma respectiva a que se mantenga el vínculo laboral o la prestación de servicios. 

3.   La Autoridad Sanitaria, los Gobiernos Locales y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral–SUNAFIL, en el ámbito de sus competencias, ejercen la fiscalización y supervisión del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente artículo

Esta decisión se toma de acuerdo a los análisis epidemiológicos del Ministerio de Salud. Además, en la norma se dispone para este sector poblacional que podrán salir excepcionalmente de su domicilio siempre que requieran de atención médica urgente o en caso de no tener a ninguna persona de apoyo para ello, así como para la adquisición de alimentos y medicinas. Por lo que se complica su visita a las instalaciones a los clubes. La disposición legal dice que solo se les permitirá salir para el cobro de algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional, para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o para la realización de un trámite que exija su presencia física.

 

SUPERVISION MUNICIPAL A LOS NEGOCIOS DE ALIMENTOS.

 

A la fecha las Municipalidades, vienen realizando operativos a todos los establecimientos que expenden comida, para asegurar que cuenten con el cumplimiento de todos los protocolos de bioseguridad aprobados por el Ministerio de Salud, así como con la documentación que les apruebe su funcionamiento y la reanudación de sus operaciones conforme a la Face 1 de la reactivación económica establecida por el Ministerio de la Producción.

Este trabajo meticuloso de fiscalización de las Municipalidades, tienen por objetivo de que se cumplan con las condiciones de salubridad e inocuidad alimentaria el cual consiste en contar con los ambientes limpios y desinfectados para el desarrollo de sus actividades.

A los establecimientos que no cumplan con las medidas establecidas se les está aplicando las medidas correctivas que establece la municipalidad, correspondiente a una sanción pecuniaria y el cierre temporal del lugar.

Como es de conocimiento general, el gobierno nacional dispuso que los restaurantes que deseaban reiniciar actividades deben seguir un estricto protocolo sanitario, como requisito indispensable para mitigar el avance del covi19 y dar paso a la llamada face 1 de reactivación económica.

En ese sentido, los negocios deben iniciar bajo las modalidades de despacho a domicilio (delivery) o recojo en el local en este nuevo comienzo de labores, contar con personal propio para la entrega domiciliaria de alimentos y seguir los estrictos lineamientos del Ministerio de Salud antes, durante y después de cada uno de sus procesos. Existe actualmente una norma legal de que se puede atender presencialmente dentro de las instalaciones del comedor hasta un 40% de comensales.

PROTOCOLO

OBJETIVOS GENERALES

Los Clubes, en cumplimiento de las disposiciones legales,  establecen las medidas    de seguridad alimentaria, con el fin de proteger la salud de los colaboradores, proveedores, visitantes y clientes, frente al riesgo de contagio del COVID19.

Procesos operativos para despacho y entrega

I-             Antes de la actividad:

 1.   Realizar la limpieza y desinfección de la cocina, ambientes continguos, menaje, ollas, etc. Asimismo el vehículo de transporte delivery.

2.   Asegurar que el despachador y el repartidor se laven o desinfecten las manos.

3.   Verificar que el personal cuente con los EPP.
(Equipo de protección personal).

4.   Asegurar que la zona de trabajo (despacho) se encuentre limpia y desinfectada.

5.   Verificar la disponibilidad de las guarniciones, salsas, ajíes, materiales y envases secundarios, evitando el desplazamiento innecesario del personal.

6.   Disponer de soluciones detergentes y desinfectantes.

 

II-Durante la actividad

 1.   Recibir y verificar la higiene y hermeticidad externa del pedido, queda prohibido abrirlo.

2.   Verificar la higiene y hermeticidad externa de los envases que contienen los pedidos, guarniciones, salsas y/o ajíes.

3.   Embalar el pedido en un envase secundario y colocar el precinto de seguridad, para garantizar que el pedido no sea manipulado inadecuadamente durante el reparto.

4.   Definir la zona de entrega del pedido al cliente y repartidor con la finalidad de respetar la distancia de al menos dos (02) metros (ver Anexo N° 08).

5.   Establecer, en el caso de entrega en la empresa, que el despachador no realice ningún tipo de cobro.

6.   Asegurar que la interacción entre el personal de cobro y cliente se realice respetando las medidas de bioseguridad.

7.   Verificar que el repartidor y cliente cuente con los EPP.

8.   Realizar el lavado y desinfección de manos, equipos y materiales cada vez que sea necesario.

9.   Evitar tocarse la boca, nariz y ojos.

10.               Disponer de los residuos sólidos respetando las medidas de bioseguridad establecidas.

11.               Cumplir hábitos de higiene adecuados al toser o estornudar.

 

II-           Después de la actividad

 1-Desinfectar superficies, materiales y equipos que entran en contacto con las manos del personal durante las operaciones.

2-Lavarse y desinfectarse las manos al término de la operación.

 

Procesos operativos para delivery

 

Antes de la actividad:

 

1.   Lavar y desinfectar las manos antes de recoger el pedido.

2.   Verificar que el precinto de seguridad del pedido se encuentre intacto.

3.   Desinfectar el contenedor donde se coloca los pedidos.

4.   Verificar que el repartidor lleve la cantidad necesaria de los EPP y dispensador portátil con solución desinfectante para la entrega del pedido.

5.   Asegurar la limpieza y desinfección del vehículo de transporte.

6.   Planificar la ruta de entrega evitando zonas de aglomeración de personas y vehículos.

 

Durante la actividad

 

1.   Entregar el pedido directamente al cliente en la puerta de ingreso al domicilio o condominio.

2.   Pago POS: Desinfectar la tarjeta, el POS y el lapicero utilizados durante el pago.

3.   Pago en efectivo: Recibir el efectivo considerando las medidas de bioseguridad.

4.   Evitar tocarse la boca, nariz y ojos.

5.   Desinfectar las manos y el dispositivo móvil después de cada uso (no manipular la mascarilla).

6.   Verificar que el cliente utilice mascarilla y que se disponga de un elemento para la entrega.

7.   Desinfectar las manos antes de continuar con el reparto.

 

Después de la actividad

1.   Limpiar y desinfectar las superficies del vehículo y el contenedor, al retornar a la empresa.

2.   Desechar los EPP en los tachos destinados a residuos peligrosos.

3.   Lavar y desinfectar las manos antes de recoger un nuevo pedido.

  APROBACIÓN DEL PROTOCOLO

 Las empresas procederán a presentar un “plan de emergencia para el control del COVID-19” al sector o ministerio correspondiente.

Los ministerios aprobarán por oficio o correo, en el menor tiempo posible, el de emergencia que presenten las compañías.

Tras la aprobación del documento, deberá proceder con su registro en el Sistema Integrado para Covid-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud (Minsa).

Cumplidos estos pasos, la empresa estará lista para poder operar sin inconvenientes

Los Sectores competentes de cada actividad tendrán acceso al SICOVID-19 a efectos de verificar quiénes se inscriben y poder comunicar inmediatamente a la Autoridad de Salud, a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y a los gobiernos locales en aquellos casos que la inscripción se trate de empresas que no les corresponda iniciar actividades en la primera fase.

Tanto Sunafil como los municipios deberán realizar la fiscalización respectiva de las empresas que comiencen a operar en los próximos días.

El Ejecutivo aclara que no todas las actividades contarán con un protocolo específico para retomar operaciones, por lo que podrán acogerse al protocolo general de salud del Minsa.

MARCO LEGAL

· Ley N° 26842, Ley General de la Salud y sus modificatorias.

· Ley N° 29571, Código de protección y defensa del consumidor, y su modificatoria.

· Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su modificatoria.

· Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus modificatorias.

· D.L N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

· D.L. N° 1062, Ley de Inocuidad de los Alimentos.

· NTP 900.058-2019. Gestión de residuos. Código de colores para el almacenamiento de residuos sólidos.

· D.S. N° 008-2020-SA que declara en “Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19”.

· D.S. N° 022-2001-SA que aprueba el “Reglamento Sanitario para las actividades de Saneamiento Ambiental en Viviendas y Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios”.

· D.S. N° 080-2020-PCM que aprueba la “Reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19”.

· R.M. N° 250-2020-MINSA que aprueba la “Guía técnica para los Restaurantes y Servicios Afines con modalidad de servicio a domicilio”.

· R.M. N° 239-2020-MINSA Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”.

· R.D N° 003-2020-INACALDN que aprueba la “Guía para la limpieza y desinfección de manos y superficies. 1ª Edición”.

· R.M. N° 039-2020-MINSA que aprueba el Documento Técnico: “Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente al riesgo de introducción del Coronavirus 2019-nCoV”.

· R.M. N° 040-2020-MINSA que aprueba el “Protocolo para la Atención de Personas con Sospecha o Infección Confirmada por Coronavirus (2019-nCoV)”.

· R.M. N° 055-2020-TR que aprueba la “Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral”.

· R.M. N° 135-2020-MINSA que aprueba la “Especificación Técnica para la Confección de Mascarillas Faciales Textiles de uso Comunitario”.

· R.M. N° 193-2020-MINSA que aprueba el Documento Técnico: “Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú”.

· R.M. N° 449-2001-SA-DM que aprueba la “Norma Sanitaria para Trabajos de Desinsectación, Desratización, Desinfección, Limpieza y Desinfección de Reservorios de Agua, Limpieza de Ambientes y de Tanques Sépticos”. P á g i n a 8 | 28

· R.M. N° 773-2012-MINSA que aprueba la Directiva Sanitaria N°098-MINSA/DGPS-V.01, "Directiva Sanitaria para Promocionar el Lavado de Manos Social como Práctica Saludable en el Perú".

· R.M. N° 822-2018-MINSA que aprueba la “Norma Sanitaria para Restaurantes y Servicios Afines”.

 

RESPONSABILIDADES

 

En función de nuestra estructura organizacional, se asignará responsabilidades del cumplimiento del protocolo de los Clubes que cuenten con el servicio de restaurante. 

RESPONSABLE LEGAL: El Presidente

DIRECTOR GENERAL

·         Asegurar los recursos para la aplicación del presente protocolo

·         Aprueba y evalúa la aplicación de las medidas preventivas establecidas para prevenir el contagio de COVID19, dentro y fuera del local.

·         Define el personal indispensable para esta primera modalidad en emergencia.

Administrador

· Solicita recursos a la Gerencia para la correcta implementación y aplicación de las medidas preventivas establecidas en la empresa.  Limpieza, desinfección, reparaciones y mantenimiento del área de la cocina, menajes, utensilios, congeladoras, muebles, etc.- Asimismo en todos los ambientes contiguos.

· Asegura la disponibilidad de los EPP para todo el personal en todos los procesos.

· Velar por el cumplimiento del plan de limpieza y desinfección de las instalaciones.

· Realiza el seguimiento y cumplimiento del presente protocolo.

· Monitorea y hace cumplir las acciones del presente protocolo, reporta los incumplimientos a la Gerencia.

· Mantiene la documentación para demostrar el cumplimiento del presente protocolo.

·Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores

· Gestionar o realizar la vigilancia de salud de los trabajadores en el marco del riesgo de COVID-19.

· Monitorea la implementación y cumplimiento del presente protocolo.

· Mantiene informado al Director General sobre la implementación y desempeño del presente protocolo.

· Elabora el material informativo para la difusión de las medidas de prevención en salud.

· Coordina la realización de campañas preventivas de acuerdo a la evolución de la enfermedad y lo estandarizado por el MINSA.

· Mantenerse informado y actualizado sobre las disposiciones regulatorias y demás publicaciones oficiales emitidas por el MINSA.

· Monitorea el uso adecuado de los insumos y materiales de prevención y protección requeridos para la aplicación del presente protocolo (EPP).

· Realizar el seguimiento clínico a distancia de los casos positivos de COVID-19. 5 De acuerdo a lo establecido en el ANEXO N° 1 de la R.M. N° 239-2020-MINSA. P á g i n a 9 | 28 6.4. Personal Operativo

· Ejecuta y cumple responsablemente todas las medidas preventivas de bioseguridad del presente protocolo y las definidas por la empresa en todos los procesos operativos para prevenir el contagio de COVID-19

· Participa de manera obligatoria en las campañas de sensibilización y capacitaciones dirigidas por la empresa para prevenir el contagio de COVID-19.

· Utiliza los recursos proporcionados por la empresa de manera responsable para asegurar la salud del resto de personal, proveedores, visitantes, fiscalizadores y cliente.

· Reporta cualquier sospecha de infección respiratoria al Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores.

· Cumple con el control preventivo de sintomatología de COVID-19 definido por la empresa.

· Mantiene la confidencialidad de los casos de COVID-19, salvaguardando el anonimato de las personas.

· Informa al Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores sobre situaciones o personas que no cumplan el presente protocolo.

· Consulta al Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores sobre cualquier duda relacionada al presente protocolo.

· Programa y controla el horario laboral y de atención al cliente, acorde con las necesidades de la institución.

TRABAJADOR

·         Cumplimiento estricto de todas las normas sanitarias y disposiciones del protocolo.

 

LOGISTICA Y ACCIONES PARA CUMPLIR CON EL PROTOCOLO

 

1.       Desinfección general de la cocina, ambientes de la Institución.

2.      Compra de Útiles de aseo y desinfección

3.      Reparación de todos los equipos, enseres, muebles- si fuera el caso.

4.      Pintado de paredes y colocación de mayólicas o cerámicos.

5.      Compra de Equipos de protección personal (elementos: guantes, cofia, mascarillas, lentes de protección y delantal plástico). Estos deberán de cambiarse diariamente o cada vez que sea necesario.

6.      Compra de utensilios, equipos, para la preparación de alimentos, así como bolsas seguras con precintos de seguridad, para el despacho de los platos preparados.

7.      Acondicionar un elemento que permita dejar el pedido en la superficie por encima del piso, recomendando al cliente desinfectar la parte externa de la bolsa.   

8.     Contratar vehículo motorizado para el servicio de delivery o caso contrario contar con un trabajador a tiempo completo para que haga este servicio. En este caso último, habrá que comprar una moto.

9.      En la Cocina y el lugar de despacho, el personal debe respetar el distanciamiento social de al menos un metro. Para clientes y proveedores debe ser dos metros de distancia.

10.  En el lugar de despacho, deben instalarse barreras de micas, para evitar el contacto directo con el cliente.

11.   Poner un marcador de asistencia de huella digital.

12.  Mantener los ambientes ventilados de la cocina y lugares de despacho.

13.  Desinfectar los ambientes, todos los días, antes y después de cada labor.

14.  El personal al reinicio de sus actividades debe contar con la ficha de sintomatología COVID19 de Minsa-

15.   Compra de termómetro infrarrojo clínico para controlar la temperatura del personal y directivos. Esta labor debe estar a cargo del guardián portero

16.  Colocar al ingreso del local, un material para desinfectar los calzados.

17.   Uso obligatorio de las mascarillas

18.  Lavado y desinfección del uniforme de trabajo, para que se mantengan siempre limpia.

19.  Que el personal se duche al iniciar y terminar sus actividades

20. Se prohíbe el uso de celulares durante el horario de trabajo…Estos deben estar custodiados en la oficina de administración.

21.  Prohibición de contactos directos entre personas

22. Capacitación y charla de 5 minutos en forma diaria, antes de empezar las actividades. Se debe registrar en un cuaderno estas charlas.

23. Es obligación de todos los colaboradores, personal administrativo de informar cualquier síntoma que se relacione con el covid19.

 

PROCEDIMIENTO PARA PEDIDOS Y DESPACHO DE ALIMENTOS.

Para evitar el contacto directo con las monedas, billetes con el Cliente, se deberá de realizar las siguientes acciones:

1.       Pedidos al teléfono fijo, celular o correo electrónico

2.      Pagos a la cuenta del Club o persona encargada, vía internet, remitiendo voucher del depósito, con la indicación del nombre de la persona y el detalle de su pedido (se puede hacer vía WhatsApp).

3.      En caso que sea en efectivo el pago, se deberá de respetar el distanciamiento en aplicación de las medidas de bioseguridad.


ACCIONES A REALIZAR EN EL CASO SE DECIDA REAUNADAR LA ACTIVIDAD DEL COMEDOR

Antes de reiniciar las actividades de preparación y comercialización de nuestros alimentos, debemos previamente tomar en cuenta lo siguiente:

1.       Realizar una encuesta con todos los asociados con las preguntas siguientes:

·         Si están o no de acuerdo, que se reinicie el servicio de atención de comidas.

·         A partir de qué mes del presente año se podría reiniciarlo.

·         Si va a recoger la comida en forma directa

·         Si desea a delivery

·         Cuál sería la forma de pago - vía depósito a la cuenta bancaria del Club o en efectivo.

·         ¿Qué cantidad de platos de comida desea?  Cuy- chicharrones, jamón, etc

·         Con que frecuencia haría su pedido - diario, semanal, quincenal.

2.      Dependiendo del resultado de la encuesta y si es positiva, se tiene que evaluar el rol del personal a laborar. Solo tendríamos que contar con una cocinera y ayudante, una moza o despachador y un administrador (que puede ser el asistente contable), para el control contable, de caja y manejo administrativo. O sea, cuatro (4) colaboradores en total.

3.      Establecer el costo de operaciones económicas (a cargo del director de economía)

4.      La suspensión perfecta, gestionadas ante el MT, es hasta el 07 de octubre 2020, por lo que, si empezamos antes de esa fecha con el servicio de comidas, el personal indicado en el punto 2 podría trabajar con el pago del 50% de su sueldo mensual habitual, toda vez que hay un subsidio económico de 750 soles por tres meses para todos los trabajadores que ganan menos de 2,400 soles mensuales. Dependiendo del resultado de las utilidades se podría adicionar el pago de pasajes.

.       Lima, 2 de Julio de 2020.

 

JUSTO PONTE CRUZ

 


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